POR LA TIPIFICACIÓN PENAL DE LA PERSUASIÓN COERCITIVA.

Desde que en 1988 la entonces diputada en el Congreso de Diputados Pilar Salarrullana, comenzó una batalla jurídica contra las denominadas Sectas religiosas, a partir de los innumerables casos que en la época aparecieron en medios de comunicación, y posteriormente en otras iniciativas parlamentarias en cámaras de representación autonómicas. Podríamos decir que en España esta tarea  aún no ha cumplido con los preceptos de protección y defensa, ante las diversas formas de manipulación psicológica por parte de grupos destructivos de la personalidad.

En aquella época  otros países europeos llevaron a cabo diversas iniciativas enmarcadas en la persecución de grupos fundamentalistas, así como la protección de las víctimas de los mismos.

Tenemos que recordar que desde el Parlamento Europeo, Consejo de Europa y parlamentos de la Unión Europea, han aprobado diversas resoluciones. Así como propuestas legislativas en ámbitos educacionales y de protección de los menores, de influencias totalitarias en ámbitos religiosos que pudieran hipotecar su desarrollo en libertad.

Estamos hablando de 30 años de retraso legislativo en España con otros países europeos. Entonces algunos parlamentos tenían listados de grupos extremistas y destructivos para la personalidad. Otros países tipificaron la manipulación psicológica como delito penal. Y posteriormente en otros se contemplo legislativamente el “ABUSO DE DEBILIDAD” en personas vulnerables independientemente de su edad, por estar sometidas a la dictadura de un grupo o persona, que limita su libertad.

Más recientemente desde 2015 en Inglaterra es delito “el comportamiento controlador o coercitivo en una relación íntima o familiar". Desde septiembre del 2020 para crear conciencia sobre todas las formas de abuso, el gobierno británico hizo obligatoria la "educación para las relaciones" en las escuelas.

Sin embargo hoy en nuestro país, ha cambiado totalmente esta identificación de lo que comúnmente se conoce como  dinámicas abusivas en sus múltiples variantes.

Son lo que denominamos en su extensión GRUPOS COERCITIVOS, enmarcados en ámbitos totalitarios a nivel filosófico,religioso,esotéricos,conspiracionistas, fundamentalistas, de nueva era y también político. A todo ello tenemos que sumar la eclosión que ha propiciado en nuestra época internet con las webs y las redes sociales. En este sentido podemos afirmar categóricamente que es el  campamento base de las presentes y futuras captaciones por parte de las más variadas iniciativas.

Desde  los  llamados Grupos de Riesgo para nuestra salud que actúan en ámbitos de la psicología, la medicina y de la salud en general. Sin ninguna acreditación y profesionalidad que ampare a los usuarios de los mismos. Dando por bueno métodos de dudosa eficacia y sin ninguna evidencia científica. También aprovechando la tremenda crisis económica, florecen empresas, con  evidentes rasgos dictatoriales y de economía sumergida. Que preconizan “la libertad financiera “y que la mayor parte de la veces, son propuestas ilegales de trabajo laboral sin derechos, ni vida privada, con una excesiva inversión en tiempo, recursos propios y desamparado totalmente por la ley.

ARTÍCULO 515.3 DEL CODIGO PENAL
Son punibles las asociaciones ilícitas, teniendo tal consideración:

3. Las que, aun teniendo por objeto un fin lícito, empleen medios violentos o de alteración o control de la personalidad para su consecución.

Como tantos artículos de nuestro Código Penal quedan en la penumbra legislativa mientras nadie provoque jurisprudencia. Desde RedUNE avanzamos una propuesta acorde al tiempo que nos toca vivir en la Defensa de los Derechos Humanos, de cualquier adulto o menor, a que no se ejerza ninguna coacción, alteración de la personalidad de forma coercitiva ,así como cualquier tipo de abuso, dentro de cualquier colectivo .

Tenemos que recordar que la violencia de género se da en grupos coercitivos de diversa índole .No en abstracto, sino en casos concretos en que las mujeres, madres, hijas, esposas, son objeto de malos tratos y de violencia basados en los cánones de la sociedad patriarcal, reforzados además con razones espirituales, de comunidad espiritual, de autoridad eclesial, de tradición, etc., razones que más bien se transforman en dogmas. De ello en RedUNE tenemos amplios testimonios.

Desde RedUNE, OBSERVAMOS  muchas manifestaciones  comunes de comportamiento coercitivo  en la violencia de género y  en la pluralidad  de experiencias sectarias que nos relatan en la asociación, por parte de afectados directos, así como familiares o amistades de los mismos.

*Desigualdad, subordinación y relaciones de poder.

*Aislamiento de amistades y familia.

*Privación de necesidades básicas (alimentos, descanso, servicios médicos)

*Control de comunicaciones, finanzas y del tiempo propio

*Humillaciones, amenazas, intimidaciones y desprecios degradantes

En muchos de los casos que atendemos en RedUNE hay un común denominador:

Son personas que independientemente de su profesión, nivel adquisitivo y edad, son especialmente vulnerables, por diversas circunstancias.

En muchas de las experiencias relatadas, acontece que el autor o grupo ha ejercido un estado de sometimiento  psicológico o físico, resultante del ejercicio de presiones graves y reiteradas. Así como por ejemplo de técnicas orientadas a alterar el juicio, para conducir a la victima a un acto o a una omisión que terminara resultándole perjudicial.

Muchas veces el responsable de hecho o de derecho de un grupo desarrolla actividades orientadas a crear, mantener o explotar el estado de sujeción psicológica o física de las personas que participan en las mismas para beneficio propio o del entramado organizado

Es por ello necesario y urgente, actualizar la identificación de los diversos procedimientos manipuladores que ejercen grupos y personas, en la era digital. Con el fin primordial de reclutar adeptos a las más variadas propuestas anteriormente descritas.


En el ámbito legislativo vamos a impulsar la tipificación en el Código Penal de la persuasión coercitiva. Y para ello ya estamos abriendo cauces de comunicación con partidos políticos. Otro objetivo primordial es la formación en el ámbito policial, judicial y profesional de las dinámicas abusivas, fraudulentas y de coacción, por parte de grupos de cualquier matiz.


Y finalmente la protección de los derechos fundamentales de la infancia, de influencias en su salud, educación y desarrollo, que pudieran hipotecar su futuro como personas en su mayoría de edad.

Para la consecución de estos objetivos, también será necesaria la apertura de la propuesta legislativa a entidades diversas que operan en la defensa de las víctimas del delito violento y los derechos humanos en su extensión. Desde RedUNE nos marcamos este  reto para el próximo otoño.

JUANTXO DOMINGUEZ

Presidente de RedUNE

ARGUMENTOS DESDE LA PSICÓLOGIA Y EL DERECHO:

*“EVALUACIÓN DE PERSUASIÓN COERCITIVA EN CONTEXTOS GRUPALES” José Miguel Cuevas Barranquero :: InfoSECTARISMO-RedUNE

*LA PERSUASIÓN COERCITIVA, MODELO EXPLICATIVO DEL MANTENIMIENTO DE LAS MUJERES EN UNA SITUACIÓN DE VIOLENCIA DE GÉNERO. :: InfoSECTARISMO-RedUNE

*Un estudio comparativo de las estrategias de abuso psicológico: en pareja, en el lugar de trabajo y en grupos manipulativos :: InfoSECTARISMO-RedUNE

*PERSUASIÓN COERCITIVA Estudio de tipificación.pdf (324198)

 

 

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